El TS desestima el recurso de casación de la Generalitat y El Plantío Golf Resort SL y confirma la anulación por parte del TSJCV de la nueva DIC de El Plantío Golf

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Updated: mayo 27, 2016

Ecologistas en Acción y Esquerra Unida recurrieron ante el TSJCV la DIC aprobada por el Consell en 2010 para ampliar el campo de golf. La sentencia del TSJCV de 2014, ahora confirmada por el TS, consideró que el acuerdo del Consell vulneró las leyes valencianas del suelo no urbanizable y de protección del paisaje, las normas urbanísticas del Plan General de Alicante, la legislación estatal de impacto ambiental y los principios rectores de la legislación estatal y europea de contratación


El portavoz de Ecologistes en Acció del País Valencià, Carlos Arribas, y el portavoz del grupo municipal de Guanyar Alacant y miembro de EU, Miguel Ángel Pavón, han celebrado hoy que el Tribunal Supremo (TS) haya tumbado el recurso de casación que la Generalitat y El Plantío Golf Resort SL presentaron contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que en 2014 anuló la DIC de ampliación del campo de golf de El Plantío estimando el recurso presentado por los ecologistas y EU a través del letrado José Luis Romero.


Se trata de una actuación urbanística que, como el Plan Rabassa – también anulado por el TSJCV y el TS y bajo sospecha penal por su presunto amaño -, suponía un pelotazo y una clara muestra de las nefastas, insostenibles e ilegales prácticas urbanísticas de dos de los últimos alcaldes de la ciudad, los investigados Luis Díaz Alperi y Sonia Castedo, y del gobierno del ex presidente de la Generalitat Francisco Camps, cuyo Consell, siendo Conseller de Medio Ambiente y Urbanismo el también investigado Juan Cotino, aprobó la DIC. Todos ellos y su partido, el PP, reciben un merecido varapalo con esta nueva sentencia”, han señalado Pavón y Arribas.


La sentencia hace inviable tanto la ampliación del campo de golf como el incremento del techo edificable en 8.000 m2 respecto a la DIC otorgada en 1993 por el Gobierno Valenciano, confirmando el rechazo judicial al intento del promotor de la DIC, el empresario Manuel Ferry, de legalizar el exceso de edificación consumado en el actual campo de golf mediante una licencia municipal concedida por el PP en 2005 para construir más de 200 apartamentos turísticos”, han destacado.


El TS ha rechazado todos y cada uno de los motivos de impugnación planteados por la Generalitat y El Plantío Golf Resort SL en sus recursos de casación, recursos en los que se ha pretendido cuestionar la aplicación del derecho autonómico cuando ello no cabe en casación, intentándose además invocar de forma artificiosa normas estatales con un carácter meramente instrumental. La sentencia condena a la Generalitat y a El Plantío Golf Resort SL al pago de 3.000 euros más IVA en concepto de costas judiciales.


Por último, desde Ecologistas en Acción y Esquerra Unida señalan que exigirán la ejecución de la sentencia de modo que se restaure la legalidad urbanística vulnerada eliminando el exceso de edificabilidad construido al amparo de la DIC anulada.