Primera aprobación plenaria para que el Ayuntamiento de El Campello se dote de un Reglamento Orgánico de funcionamiento de la institución municipal

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Updated: mayo 9, 2025

El Ayuntamiento de El Campello ha dado hoy el primer paso para dotarse de un Reglamento Orgánico Municipal (ROM), que ha sido aprobado inicialmente, y que cuando sea definitivo marcará directrices concretas sobre el funcionamiento de su estructura, órganos de debate y votación, derechos, obligaciones y responsabilidades de los concejales.

            El documento ha sido aprobado con los votos favorables de PP y Vox, y las abstenciones de PSPV-PSOE, Compromís, Per El Campello y EU-Unides Podem.

Ahora, ese ROM se someteré a información pública y audiencia a interesados por un plazo de treinta días para presentación de reclamaciones o sugerencias tras ser publicado en el correspondiente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el Tablón Municipal.

En el caso de que no se presentaran reclamaciones o sugerencias dentro del plazo señalado, se entenderá que el documento es definitivo. En caso contrario, el Pleno deberá volver a reunirse para decidir sobre las reclamaciones y sugerencias presentadas.

El Reglamento tiene por objeto establecer la organización y regular el funcionamiento del Ayuntamiento de El Campello, y se sustenta en el principio de autonomía municipal que garantiza la Constitución Española, al tiempo que pone en valor la potestad reglamentaria y de autoorganización que corresponde al municipio, conforme a las leyes.

El ROM especifica cuestiones como la elección de los concejales, la duración del mandato, la adquisición de la condición de concejal, la suspensión o pérdida de ese estatus, así como las obligaciones, derechos y responsabilidades de los ediles.

El derecho a la información lleva implícito el deber de los concejales y de sus asesores de preservar la confidencialidad de la información obtenida, especialmente cuando pueda afectar a los derechos y libertades constitucionales de los ciudadanos, o cuando se conozcan los antecedentes de asuntos que aún se encuentran pendientes de decisión. Esta confidencialidad obliga igualmente a evitar la reproducción de la documentación que pueda serles facilitada para su conocimiento.

El documento, aprobado hoy de forma inicial, define el derecho de los ediles a la percepción de retribuciones y el régimen de dedicaciones, dotación económica de los grupos municipales, y el destino de esos fondos, sujetos a una contabilidad específica para poder ser fiscalizada.

Funciones de los órganos y del cuerpo de trabajadores municipales, desarrollo de las sesiones plenarias de carácter ordinario o extraordinario, tiempos de intervención de los grupos políticos, y la participación ciudadana en los plenos, son cuestiones que también se regulan, así como normas para el desarrollo de mociones de confianza o censura.