La ordenanza de “convivencia ciudadana” de El Campello ya es definitiva

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Updated: marzo 27, 2025

Con la desestimación, hoy en el pleno municipal, de la única alegación presentada por una vecina, la ordenanza de “convivencia ciudadana”, usos de espacios públicos, comportamientos cívicos y conductas sancionables, ha sido aprobada de forma definitiva. El documento ha registrado los votos favorables de PP y Vox, las abstenciones de PSPV-PSOE y Per El Campello, y el posicionamiento en contra de Compromís y EU-Unides Podem.

            El Pleno ha desestimado la alegación que planteaba problemas de convivencia vecinal por ruidos de una lavadora, y pedía un cambio de horario para el uso de ese electrodoméstico, que consideraba “poco adecuado para las personas que trabajamos y madrugamos bastante”.

            El Ayuntamiento, amparado por informes jurídicos, respondió que ninguna Ley u Ordenanza Municipal puede prohibir o impedir el funcionamiento de aparatos domésticos de televisión, radios, lavadoras y otros a partir de las 22:00 o 23:00 horas, “siempre que no perturben el descanso o tranquilidad de los vecinos”.

            La ordenanza se publicará ahora, íntegra, en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios Municipal y Portal de Transparencia, el texto íntegro de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento, para general conocimiento y su entrada en vigor.

            La “Ordenanza de Convivencia Ciudadana” aprobada de forma definitiva, ha sido elaborada por la Policía Local, y recoge todo tipo de comportamientos no aceptables en vía pública, y por tanto sancionables.

            Es objetivo primordial de esta Ordenanza es preservar el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia y civismo, “en el que todas las personas, con plena libertad de sus actividades, de libre circulación, ocio y recreo, deben respetar la dignidad y a los derechos de los demás, la pluralidad de expresiones y de formas de vida diversas”.

            El texto recoge todo tipo de conductas en espacios públicos, desde actos vandálicos hasta consumo de bebidas alcohólicas o drogas, y las sanciones a imponer en caso de incumplimientos. La norma es de aplicación en todos los espacios públicos del municipio, así como a construcciones, instalaciones, mobiliario urbano y demás bienes públicos.

            También afecta a espacios, construcciones, instalaciones o vehículos y elementos destinados a un servicio público, como vehículos de transporte, marquesinas, paradas de autobuses, de ferrocarril, de tranvía o de autocar, vallas, señales de tráfico, contenedores y demás elementos de naturaleza similar, y se aplicará igualmente a espacios de titularidad privada cuando en ellos se realicen conductas o actividades que afecten o puedan afectar negativamente a la convivencia, o cuando el descuido o la falta de un adecuado mantenimiento por parte de sus propietarios, arrendatarios o usuarios pueda implicar consecuencias negativas para la convivencia o el civismo en el espacio público.