La ordenanza de “convivencia ciudadana” de El Campello ya es definitiva
Con la desestimación, hoy en el pleno municipal, de la única alegación presentada por una vecina, la ordenanza de “convivencia ciudadana”, usos de espacios públicos, comportamientos cívicos y conductas sancionables, ha sido aprobada de forma definitiva. El documento ha registrado los votos favorables de PP y Vox, las abstenciones de PSPV-PSOE y Per El Campello, y el posicionamiento en contra de Compromís y EU-Unides Podem.
El Pleno ha desestimado la alegación que planteaba problemas de convivencia vecinal por ruidos de una lavadora, y pedía un cambio de horario para el uso de ese electrodoméstico, que consideraba “poco adecuado para las personas que trabajamos y madrugamos bastante”.
El Ayuntamiento, amparado por informes jurídicos, respondió que ninguna Ley u Ordenanza Municipal puede prohibir o impedir el funcionamiento de aparatos domésticos de televisión, radios, lavadoras y otros a partir de las 22:00 o 23:00 horas, “siempre que no perturben el descanso o tranquilidad de los vecinos”.
La ordenanza se publicará ahora, íntegra, en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios Municipal y Portal de Transparencia, el texto íntegro de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento, para general conocimiento y su entrada en vigor.
La “Ordenanza de Convivencia Ciudadana” aprobada de forma definitiva, ha sido elaborada por la Policía Local, y recoge todo tipo de comportamientos no aceptables en vía pública, y por tanto sancionables.
Es objetivo primordial de esta Ordenanza es preservar el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia y civismo, “en el que todas las personas, con plena libertad de sus actividades, de libre circulación, ocio y recreo, deben respetar la dignidad y a los derechos de los demás, la pluralidad de expresiones y de formas de vida diversas”.
El texto recoge todo tipo de conductas en espacios públicos, desde actos vandálicos hasta consumo de bebidas alcohólicas o drogas, y las sanciones a imponer en caso de incumplimientos. La norma es de aplicación en todos los espacios públicos del municipio, así como a construcciones, instalaciones, mobiliario urbano y demás bienes públicos.
También afecta a espacios, construcciones, instalaciones o vehículos y elementos destinados a un servicio público, como vehículos de transporte, marquesinas, paradas de autobuses, de ferrocarril, de tranvía o de autocar, vallas, señales de tráfico, contenedores y demás elementos de naturaleza similar, y se aplicará igualmente a espacios de titularidad privada cuando en ellos se realicen conductas o actividades que afecten o puedan afectar negativamente a la convivencia, o cuando el descuido o la falta de un adecuado mantenimiento por parte de sus propietarios, arrendatarios o usuarios pueda implicar consecuencias negativas para la convivencia o el civismo en el espacio público.