El Campello abre 42 expedientes sancionadores por violación de la ordenanza de “convivencia ciudadana” que se aprobó en marzo
Desde que el pasado 27 de marzo se aprobara por el Pleno Municipal la “ordenanza de convivencia ciudadana” en El Campello (publicada días después en el Boletín Oficial de la Provincia), los agentes de la Policía Local han abierto un total de 42 expedientes por diversas violaciones de su articulado.
Esa norma regula, elaborada por el propio cuerpo policial, recoge todo tipo de comportamientos no aceptables en vía pública, y por tanto sancionables, usos de espacios públicos y comportamientos cívicos.
En poco menos de tres meses, se han denunciado 42 comportamientos que violan la ordenanza. En concreto, cinco de ellos han sido por ejercer la venta ambulante (no permitida); dos por vertidos en la red de saneamiento, podas o escombros; seis por consumo de alcohol en la vía pública (el conocido como ”botellón”), cuatro por venta de alcohol en horario no permitido, otros cuatro por generar molestias a los vecinos por música a alto volumen en horario no permitido, una por pintar un grafiti en un muro, y 20 por ocupación de la vía pública no autorizada.
Fuentes de la Jefatura de Policía señalan que los expedientes están a falta de imponer las sanciones correspondientes, que al tratarse en la mayoría de los casos de “faltas leves” irán desde los 100 a los 750 euros, excepto en el caso de un establecimiento sancionado por venta de alcohol fuera de horario, que tendrá que hacer frente a una multa de 1.500 euros. Además, se le ha abierto procedimiento para cierre del local.
El cuerpo policial comunica que muchos de los casos se activaron tras recibirse una llamada de denuncia ciudadana. No se sanciona siempre, dado que en muchas ocasiones el o los infractores se amparan en el desconocimiento de la norma (muy reciente), y optan por no seguir con la actividad sancionable y marcharse. En los casos de denuncias por música molesta en vía pública no autorizada, se acude una primera vez, se hacen las correspondientes mediciones de sonido y se advierte a los infractores. En cuatro ocasiones, el apercibimiento no surtió efecto, y fueron sancionados.
LUGAR DE ENCUENTRO Y CONVIVENCIA
Es objetivo primordial de esta Ordenanza es preservar el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia y civismo, “en el que todas las personas, con plena libertad de sus actividades, de libre circulación, ocio y recreo, deben respetar la dignidad y a los derechos de los demás, la pluralidad de expresiones y de formas de vida diversas”.
El texto recoge todo tipo de conductas en espacios públicos, desde actos vandálicos hasta consumo de bebidas alcohólicas o drogas, así como las sanciones a imponer en caso de incumplimientos. La norma es de aplicación en todos los espacios públicos del municipio, así como a construcciones, instalaciones, mobiliario urbano y demás bienes públicos.
También afecta a espacios, construcciones, instalaciones o vehículos y elementos destinados a un servicio público, como vehículos de transporte, marquesinas, paradas de autobuses, de ferrocarril, de tranvía o de autocar, vallas, señales de tráfico, contenedores y demás elementos de naturaleza similar, y se aplica igualmente a espacios de titularidad privada cuando en ellos se realicen conductas o actividades que afecten o puedan afectar negativamente a la convivencia, o cuando el descuido o la falta de un adecuado mantenimiento por parte de sus propietarios, arrendatarios o usuarios pueda implicar consecuencias negativas para la convivencia o el civismo en el espacio público.