Comunicado en relación con la manifestación llevada a cabo por el candidato David Olivares en la que califica la propuesta de un sufragio universal en la fiesta como de “ilegal”

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Updated: julio 17, 2023

En relación con la manifestación llevada a cabo por el candidato David Olivares, recogida en diversos medios de comunicación el pasado 12 de julio de 2023, en la que califica la propuesta de un sufragio universal en la fiesta, mediante la fórmula un foguerer/barraquer un voto, como de “ilegal”.

Desde el equipo de la candidatura Fogueres 365 queremos aclarar:

– Que esa manifestación efectuada es absolutamente imprecisa e interesada en mantener un modelo tradicional de participación que no representa la realidad de la sociedad actual.

– Las asociaciones y federaciones son libres en su organización, limitadas y sujetas al marco de la constitución y del ordenamiento jurídico en donde se promueve la participación efectiva de todos los colectivos.

– El artículo 21 de la Ley de Asociaciones (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación), establece de manera clara y precisa que todo asociado tiene derecho a ejercer el derecho a voto.

– El artículo 11 de la precitada Ley de Asociaciones, deja meridianamente claro que en cuanto al régimen interno se regirán por los estatutos, que constituyen, pues, la norma fundamental de la asociación, a la que ha de ajustarse el funcionamiento de la misma, siendo una manifestación del poder de autoorganización.

– Igualmente, el artículo 23 de la Ley de Asociaciones de la Comunidad Valenciana (Ley 14/2008, de 18 de noviembre) establece que toda persona asociada dispone de un voto en la asamblea general.

Por tanto, la propuesta que formula nuestra candidatura es absolutamente legal y con base jurídica más que suficiente para que pueda realizarse mediante la modificación de los estatutos de la Federació de les Fogueres de Sant Joan, además de propiciar la participación activa de todas las personas que participamos de la fiesta y aportar salud democrática a los procesos de elección.

Una modificación que se realizará, en caso de salir elegidos, mediante propuesta de una mesa de trabajo en la que participarán aquellos foguerers y barraquers que así lo deseen y profesionales jurídicos y que será llevada a la asamblea para su aprobación.